El Consejo de Ministros no ha prorrogado la vigencia del permiso retribuido recuperable que tuvo efectos desde el 30 de marzo hasta el 9 de abril de 2020. Esto implica que los trabajadores de sectores no esenciales, entre otros, construcción e industria, regresaron a su lugar de trabajo el pasado lunes 13 de abril (o martes 14 en caso de festivo).
Esto no significa que no sigan plenamente en vigor las limitaciones a la apertura de determinados establecimientos y a la movilidad de personas tal como se establece en el Real Decreto Ley 463/2020 que declara el estado de alarma y que se ha prorrogado hasta el 26 de abril de 2020.
Dado que esta semana se reanudarán algunas actividades, se informa que se utilice el documento «Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-*CoV-2» actualizado al 8 de abril. Cabe recordar que es el documento de referencia para todos los sectores y actividades en materia de prevención frente al COVID-19, cuya obligatoriedad se basa en el Real Decreto 463/2020, tal como indica la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en su Criterio Operativo 102/2020.
Ver Procedimiento
Guía de buenas prácticas en los centros de trabajo frente al COVID-19
Por otro lado, el Gobierno central ha publicado una guía de buenas prácticas en centros de trabajo para prevenir los contagios de COVID-19 coincidiendo con la reincorporación a sus centros de trabajo, el lunes y martes, de todos aquellos trabajadores y trabajadoras de actividades no esenciales que no puedan realizar teletrabajo.
La guía recoge las medidas más esenciales de higiene y distancia interpersonal para aplicar antes, durante y después de la asistencia al trabajo.
Medidas principales
1. Ante síntomas o contacto con casos confirmados
Si se presenta sintomatología o se ha tenido contacto directo con personas afectadas por el virus, la recomendación es no acudir al centro de trabajo hasta confirmar que no hay riesgo para uno mismo o para los demás. Puede consultar el decálogo de actuación en caso de síntomas disponible en este enlace.
Tampoco deben acudir las personas más vulnerables por edad, embarazo o afecciones médicas. En caso necesario, pueden contactar con su médico para acreditar la necesidad de aislamiento, que se considerará, a efectos laborales, como situación asimilada a accidente de trabajo para la prestación económica de incapacidad temporal.
2. Desplazamientos al trabajo
Se recomienda favorecer medios de transporte que no supongan agrupación con otras personas, garantizando la distancia interpersonal de 2 metros.
- En turismos o VTC: extremar la limpieza y evitar que viaje más de una persona por fila de asientos.
- Transporte público (autobús, metro, tren): mantener la distancia interpersonal y utilizar mascarilla higiénica no médica.
3. En el centro de trabajo
- Las entradas, salidas y tareas deben planificarse para mantener la distancia de 2 metros.
- Asegurar distancia en zonas comunes y evitar aglomeraciones.
- En empresas abiertas al público:
- El aforo máximo debe permitir la distancia interpersonal.
- Habilitar mecanismos de control de acceso si es posible.
- Todo el público debe mantener la distancia.
- Facilitar equipos de protección individual cuando los riesgos no puedan evitarse por medios colectivos u organizativos.
- Los EPI deben ser adecuados a la actividad.
- Escalonar horarios y fomentar teletrabajo y reuniones por videoconferencia si no se puede mantener la distancia.
4. Uso de mascarillas
No es obligatorio durante la jornada si el tipo de trabajo no lo requiere y se mantiene la distancia interpersonal.
5. Medidas organizativas y de higiene
- Informar al personal sobre recomendaciones sanitarias.
- Proveer productos de higiene: jabón, solución hidroalcohólica, pañuelos desechables.
- Realizar limpieza reforzada con productos autorizados por el Ministerio de Sanidad.
- Garantizar aprovisionamiento suficiente de material de protección.
- Facilitar teletrabajo o condiciones de bajo riesgo.
- Implementar planes de contingencia y protocolos para proteger a la plantilla y a empleados con síntomas.
6. Recomendaciones a los trabajadores
- Mantener distancia de 2 metros, evitar saludos cercanos.
- Evitar uso compartido de equipos; si es necesario, desinfectar antes o lavarse las manos inmediatamente después.
- No tocar ojos, nariz y boca.
- Lavarse las manos con agua y jabón al menos 40 segundos.
- Al toser o estornudar, cubrirse con el codo interno o pañuelo desechable y tirarlo a un cubo con tapa.
7. Tras volver del trabajo
- Mantener distancia y medidas de higiene en el hogar, especialmente si conviven con personas de riesgo.
8. Ante posibles síntomas
- Teléfono 061: para dudas y consultas de salud relacionadas con COVID-19 que no requieran urgencia.
- Teléfono 112: solo para emergencias inmediatas (ictus, accidentes, agresiones, etc.).
Es importante seguir esta información para descongestionar el sistema de emergencias y permitir que los profesionales atiendan eficazmente todas las situaciones que lo requieran.